En aplicación de la ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular y de la aplicación de la orden fym/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en castilla y león,
Se hace saber que se han dispuesto puntos para el reciclado de residuos domésticos.
Se entiende por tales, los residuos vegetales resultado de desbroces y podas que además tienen la consideración de biorresiduos.
Queda totalmente prohibido verter cualquier otro residuo o material que no sea exclusivamente orgánico.
En la citada Ley se prevé que se debe priorizar el reciclado y otro tipo de valorización frente a las operaciones de eliminación como son las quemas.
En estos puntos de reciclado se deben extender de forma adecuada los residuos para la conveniente descomposición de dicha materia orgánica.
Se anima a los vecinos a llevar a cabo el compostaje de otro tipo de residuos orgánicos domésticos en sus hogares.
Se establecen los siguientes puntos de reciclado:
DONADILLO
OTERO DE CENTENOS
SEJAS DE SANABRIA
MANZANAL DE LOS INFANTES
LANSEROS